Así lo determino un fallo de la justifica colombiana donde se dejó sin efecto una condena de 24 meses de cárcel y una multa de dos millones y medio de pesos impuestos a Guillermo Vélez, un hombre que, por encargo de sus clientes, se dedicaba a duplicar obras contenidas en viejos acetatos, cintas o discos compactos deteriorados.
“Lo que sanciona el legislador (…) es el acto de reproducir sin autorización previa y expresa del titular de los derechos correspondientes, (…) así como las acciones de trasportar, almacenar, conservar, distribuir, importar, vender, ofrecer, adquirir para la venta o distribución o suministrar a cualquier título, las reproducciones ilegalmente obtenidas”, subraya la Corte.
De esta manera se pone fin a un idilio iniciado en este país por la Asociación Colombiana de Productores de Fonogramas (Asincol) luego que iniciara una querella legal contra el citado sujeto luego de ver publicado un aviso clasificado en el que ofrecía sus servicios por cinco mil pesos.
Según el fallo, las grabaciones Leer el resto del post »